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Mostrando las entradas etiquetadas como Catastro

LÍMITE MARÍTIMO TERRESTE

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COORDINACIÓN REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y LA REALIDAD FÍSICA Y JURÍDICA

«La concordancia entre el Registro de la Propiedad y la realidad física y jurídica extrarregistral se podrá llevar a efecto mediante alguno de los siguientes procedimientos: 1.º La inscripción de la representación gráfica georreferenciada de la finca y su coordinación con el Catastro. 2.º El deslinde registral de la finca. 3.º La rectificación de su descripción. 4.º La inscripción de plantaciones, edificaciones, instalaciones y otras mejoras incorporadas a la finca. 5.º La inmatriculación de fincas que no estén inscritas a favor de persona alguna. 6.º Las operaciones registrales sobre bienes de las Administraciones Públicas, en virtud de certificación administrativa. 7.º El expediente de reanudación del tracto sucesivo interrumpido. 8° El procedimiento de subsanación de la doble o múltiple inmatriculación. 9.º El expediente de liberación registral de cargas o gravámenes extinguidos por prescripción, caducidad o no uso. Los procedimientos contenidos en este Título p...

SEGREGACIÓN DE VIAS PECUARIAS

En el boletín número 58 del colegio de Registradores en su sección de casos prácticos pone el siguiente texto: "Segregación de la parte de una finca que es vía pecuaria y su cesión al Organismo de Vías Pecuarias.  ¿Necesidad de licencia?  ¿Deben respetarse las unidades mínimas de cultivo?.  ¿Es precisa licencia de segregación para la inscripción de la segregación de la parte de una finca que es vía pecuaria y su cesión al Organismo de Vías Pecuarias?,  ¿es preciso en este caso que la porción segregada que es vía pecuaria respete la unidad mínima de cultivo?  En el Registro se había presentado una compraventa en la que al describir la finca, se hablaba de una regularización de vías pecuarias, que habría dado lugar a una disminución de cabida de 16.000 metros cuadrados. Para su acceso al Registro debería aportarse el documento de segregación, y posterior permuta con el Organismo competente, acompañando en su caso, declaración de innecesariedad de li...

LO QUE INTERESA AL CIUDADANO

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Estamos inmersos en una serie de informes, en todos al final hay un conexión que es indiscutible. Todos los procedimientos judiciales a los que nos incorporamos tienen el mismo sistema operativo. Porque aunque el problema ha sido aletargado, con el paso del tiempo tiende a salir, y es que los ciudadanos compran un terreno y dan por sentado que lo que dice el catastro o el notario esta en la realidad. Al cabo de los años se dan cuenta que o les faltan metros o no saben donde esta sus límites. El catastro no da limites de su parcela, es por ello que con el certificado de georreferenciación, el ciudadano tiene la seguridad que donde están sus límites y con la seguridad que no pueden cambiar en el tiempo. La mejor forma de asegurarse su propiedad es dejándose asesorar por los mejores Técnicos en propiedad:

PROFESIONALES ESPECIALIZADOS EN LA DELIMITACIÓN DE LA PROPIEDAD.

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En principal problema jurídico en España de muchos ciudadanos es que compran y al final nadie les dice lo que miden sus propiedades.  Eso se va a acabar........

¡SEÑORES NOTARIOS, STOP CERTIFICADOS DE GEOREFERENCIACION CHAPUCEROS!

Nuestro compañero Jesus Rocamora Esquiiva ha realizado este artículo que refleja el problema del ingeniero competente, estoy de acuerdo en todo lo que dice. Enhorabuena. Señores notarios, empiezan a conocerse las chapuzas que están realizando algunos de los mal llamados técnicos competentes que mancillan en su malhacer diario la palabra Topografía. Ustedes no tienen la culpa porque seguro que no paran de recibir cartas de los distintos colegios profesionales hablándoles de las bondades de sus colegiados, y claro, siendo desconocedores en su mayoría de la ciencia topográfica, asumen lo que les llega como correcto porque no tienen manera de saber su procedencia. La culpa es de la administración por permitir que esto pase, y también del catastro que lo viene permitiendo desde hace mucho. Dicho esto les voy a comentar lo que les están colando estos técnicos y que ustedes no tienen manera de controlar en los certificados de Georeferenciación de edificaciones y perímetros de parcelas...

Tasa de Regularización Catastral – Alegaciones

¿Ha recibido una carta de   catastro ? ¿Su inmueble ha sido objeto de  Regularización catastral ? Lo que parece un problema puede ser una gran oportunidad. Siempre que reciba alguna comunicación de catastro no olvide llamarnos: Le interesa estar bien informado. Analizamos la descripción catastral para optimizarla y conseguir un   valor catastral ajustado.

CASOS DE APORTACIÓN OBLIGATORIA DE LA REPRESENTACIÓN GRÁFICA GEORREFERENCIADA DE LA FINCA

La inscripción contendrá la representación gráfica georreferenciada de la finca que complete su descripción literaria siempre que se inmatricule una finca, o se realicen operaciones de parcelación, reparcelación, concentración parcelaria, segregación, división, agrupación o agregación, expropiación forzosa o deslinde que determinen una reordenación de los terrenos . En estos casos, el registrador notificará el hecho de haberse practicado tal rectificación a los titulares de derechos inscritos, en su caso.

GML CATASTRO

¿Cuándo es obligatorio aportar un GML? A partir del 30 de octubre de 2015 se establece que será obligatorio remitir esta información (tanto a Registros de la Propiedad como al Catastro), anexado a las escrituras notariales, en los siguientes casos. Transmisiones de cualquier tipo ya sea por compra-venta, donación o herencia sea cual sea el número de intervinientes por cada parte. Cuando se inscriba un derecho de usufructo o una concesión administrativa, sea cual sea el período establecido. Cuando haya una segregación o división de fincas, sea cual sea la fórmula jurídica que lo generó. Cuando se produzca una agrupación de fincas. En las expropiaciones forzosas por cualquier razón o procedente de cualquier organismo público. En los expedientes de dominio por exceso de cabida, aunque aún no hay jurisprudencia suficiente para afirmar si, en el futuro próximo, se terminará con la larga autorización judicial. En este caso hay que aportar, además, una representación gráf...

EXCESOS DE CABIDA A LA CARTA

EXCESO DE CABIDA MEDIANTE ACTA DE NOTORIEDAD. Dº TRANSITORIO. DUDAS DE IDENTIDAD Y CÓMO DESPEJARLAS. Resolución de 26 de enero de 2017, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de San Vicente de la Barquera, por la que se suspende la inscripción de la declaración de un exceso de cabida. Hechos: En el Registro consta inscrita una finca, procedente de una segregación de 288 m2; posteriormente fue objeto de inscripción  un exceso de cabida, coincidente con una parcela catastral en su momento, por lo que la medida inscrita actualmente es de 590 m2. La finca tiene 3 linderos fijos y uno mixto. Ahora se solicita la inscripción de un exceso de cabida de 378 m2, pues la finca pasa a tener 968 m2. Se presenta como título una escritura de compraventa, con dicha medida, acompañada de un acta notarial de notoriedad complementaria acreditativa de la titularidad de di...

COORDENADAS GEORREFERENCIAS

Caso practico de como un registrador no quiere inscribir una obra nueva al no coincidir la superficie ocupada con catastro. El disputa mas normal en nuestros juzgados entre propietarios es por la SUPERFICIE, solo en España pasa. Todos saben su superficie, pero fijaros que aunque midamos la superficie, no coinciden con escrituras y registro de la propiedad, cuando si todos tuviesemos las coordenadas georreferencias de nuestros límites y constarán en nuestras escrituras........problema resuelto. Pero en España pasa que todo cabe en el papel pero en la realidad no....... Artículo recogido del la web registronotariado.   OBRA NUEVA. FALTA DE COINCIDENCIA DE LA SUPERFICIE OCUPADA QUE CONSTA EN EL TÍTULO CON LA QUE RESULTA DE LAS COORDENADAS Resolución de 7 de febrero de 2017, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Ourense n.º 3, por la que se suspende la inscri...

CARTOGRAFIA CATASTRAL DESPLAZADA

Cuando la cartografía catastral está desplazada, ¿qué coordenadas debo poner en el certificado de georreferenciación? Si aportamos una descripción técnica de nuevos recintos basada en cartografía catastral, las coordenadas que aparecerán en el Informe de Validación Gráfica de la Dirección General del Catastro son las que emanan de la cartografía catastral y como tal, forman parte de la descripción técnica de los nuevos recintos. Si aportamos una RGA, es porque la cartografía catastral no refleja la realidad física de los inmuebles, y por tanto se plantea su subsanación. En este caso entran en juego las coordenadas reales medidas para los nuevos recintos. Para que esa RGA tenga validez, debe incluir los recintos afectados por colindancia (lo que se denomina FINCA MATRIZ). Pues bien, en ambos casos si se detecta que la cartografía catastral presenta desplazamiento y/o giro, las resoluciones piden que se ajusten las coordenadas a la cartografía catastral. El ajuste qu...

Reforma de la ley hipotecaria y Ley del Catastro para los topógrafos

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Artículo de la revista profesionales número. 161.

La función del Topógrafo en la coordinacion Catatro y Registro

El Notario del Siglo XXI. Artículo de opinión del Ilustre Colegio Oficial de Ingeniería Geomática y Topográfica http://www.elnotario.es/index.php/opinion/opinion/6523-que-significa-la-reforma-de-la-ley-hipotecaria-y-del-texto-refundido-de-la-ley-de-catastro-inmobiliario-para-los-topografos ¿Qué significa la reforma de la Ley Hipotecaria y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario para los topógrafos? RICARDO RODRÍGUEZ CIELOS Secretario General del COIGT. Doctor por la Universidad Politécnica de Madrid La Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, ha sido publicada en el BOE de 25 de junio de 2015 y entró en vigor plenamente el 1 de noviembre de 2015. En el BOE de 30 de octubre de 2015 (número 260) se aprobaron sendas resoluciones (Ministerio de Hacienda y M...

Coordinación Catastro-Registro

El Colegio Oficial de Ingeniería Geomática y Topográfica puso durante el mes de mayo a disposición de la sociedad su conversor DXF a GML Castrato-Inspire de forma libre y gratuita tal y como se anuncia en la página web de la Dirección General del Catastro en "enlaces externos" del menú: "Coordinación Catastro-Registro" Enlaces externos Resultados relativos al GML de parcela catastral Resultados relativos a la Coordinación Catastro Registro Acceso al Geoportal del Colegio de Registradores Utilidades GML ofrecidas por el Colegio Oficial de Ingeniería Geomática y Topográfica

CERTIFICADO DE GEORREFERENCIACIÓN

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La figura del geómetra experto europeo y su posible aplicación al modelo español de seguridad jurídica inmobiliaria

http://www.mappinginteractivo. es/images/articulos/MAPPING_ 164_A1.pdf Escrito por Ignacio Durán Boo Revista Mapping Vol. 23, 164, 04-14 Marzo-Abril 2014 I S S N : 1131- 910 0  

Al realizarse la división horizontal surgen varias nuevas fincas registrales con sus correspondientes números pero, ¿se mantiene el Número de Finca Registral de la finca matriz?

Para ser más precisos, la finca matriz sufre una modificación en virtud de la cual, al dividirse, desaparece y da lugar a dos o más fincas nuevas, que son las resultantes de la división. Esta división queda reflejada en el folio de la finca y se hace constar, además, las divisiones resultantes y el cierre del folio. Cada una de las partes resultantes de la división se inscriben como nuevas fincas registrales, cada una con su número correspondiente. También queda indicado en la primera inscripción de las nuevas fincas su procedencia de la finca matriz y, si existen, los gravámenes que tuvieran antes de la división.

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GESTION CATASTRAL.

Información Catastral, Geográfica y Urbanística Gestión catastral Los trabajos del departamento en cuanto a gestión catastral destacan principalmente en la Tramitación de declaraciones de los Modelos 900N , indispensables para la generación de ingresos. 902N: declaraciones de obras de nueva construcción. 903N: declaración de modificaciones de carácter físico de los bienes inmuebles urbanos y rústicos. 904N: notifican los cambios de uso y de aprovechamiento, así como las demoliciones y derribos de bienes inmuebles. La Inspección Catastral : encargadas de detectar alteraciones no declaradas con el objeto de generar nuevos expedientes. Las Revisiones de Campo : que generan los expedientes registrados por inspección.